lunes, 3 de diciembre de 2012


Avisos para la utilización confinada

Si usted produce, comercializa, experimenta, importa y/o desea exportar Organismos Genéticamente Modificados, deberá dar aviso a la Secretaría con la finalidad de que ésta conozca las actividades que se estan realizando con  OGMs, mediante los siguientes trámites.

Avisos de utilización confinada de OGMs, SENASICA-04-037 dependiendo del tipo de aviso que se trate:

 Modalidad A Aviso para la importación de OGMs para su utilización confinada con fines industriales o comerciales;

Modalidad B Aviso de la producción de Organismos Genéticamente Modificados en procesos industriales o de la primera utilización de instalaciones específicas en donde se produzcan los OGMs en procesos industriales;

Modalidad C Aviso del manejo, generación y producción de OGM con fines de enseñanza e investigación científica y tecnológica o de la primera utilización de laboratorios o instalaciones especificas de enseñanza o investigación científica y tecnológica en las que se manejen, generen y produzcan OGMs o de integración de las comisiones internas de bioseguridad.


Exportación de OGM’s que se destinen a su liberación al ambiente en otro País, SENASICA-04-025

Liberación accidental de OGM’s en el territorio nacional, SENASICA-04-034

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